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Crime and Community in Ciceronian Rome
En la República romana tardía, los actos ilícitos contra los individuos eran enjuiciados en tribunales privados, mientras que la iudicia publica (literalmente «tribunales públicos») juzgaba los casos que implicaban daños a la comunidad en su conjunto. En este libro, Andrew M.
Riggsby investiga a fondo los tipos de casos juzgados por los tribunales públicos para ofrecer una nueva y provocativa comprensión de lo que se ha descrito como «delito» en la República romana e iluminar la naturaleza intrínsecamente política de los tribunales públicos romanos. A través de la lente de la oratoria forense de Cicerón, Riggsby examina los cuatro principales delitos públicos: ambitus (soborno del electorado), de sicariis et veneficiis (asesinato), vis (disturbios) y repetundae (extorsión por parte de los administradores provinciales).
Argumenta de forma persuasiva que cada uno de estos delitos supone una violación de las relaciones adecuadas entre el Estado y el pueblo, tal y como las interpretaban los oradores y los jurados. Concluye que en la República romana tardía los únicos delitos eran políticos.
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Última modificación: 2024.11.14 07:32 (GMT)