The Exclusive Economic Zone
Tradicionalmente, el derecho del mar se dividía en mar territorial y alta mar, lo que justificaba la aplicación de normas diferentes en circunstancias distintas. En lo que respecta al mar territorial, el Estado ribereño goza de plena soberanía hasta el derecho de paso inocente, mientras que en virtud de las normas de alta mar todos los países disfrutan de usos polifacéticos del mar únicamente cualificados por las limitaciones impuestas por el derecho internacional.
El desarrollo de la zona económica exclusiva puso fin a este dualismo tradicional e introdujo las directrices que se recogen en el texto de la Convención de la LOS. La Zona Económica Exclusiva presenta al mundo académico y al público lector en general un estudio exhaustivo del concepto de ZEE en su relación con la Convención LOS y la práctica estatal. La Zona Económica Exclusiva demuestra que, aunque los Estados costeros tienen derecho a desarrollar una ZEE de 200 millas y que este derecho forma parte integrante de las relaciones internacionales contemporáneas, también es cierto que el concepto de ZEE está envuelto en ambigüedades jurídicas.
Utilizando métodos cualitativos e inductivos, los estudios se basan en tratados, proclamaciones oficiales, archivos gubernamentales y obras académicas relacionadas con el desarrollo de la ZEE. Estudiantes, académicos y público en general interesado en el derecho internacional descubrirán que La Zona Económica Exclusiva profundiza su comprensión de la evolución del concepto de ZEE.
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Última modificación: 2024.11.14 07:32 (GMT)