Puntuación:
El libro presenta una perspectiva original sobre las decisiones del Tribunal Supremo en materia de justicia penal de la década de 1960, centrándose especialmente en la Regla de Exclusión y las advertencias Miranda. Sostiene que estos recursos, desarrollados inicialmente durante la Era de la Prohibición, son inadecuados para abordar los problemas contemporáneos de la aplicación de la ley.
Ventajas:El libro está bien escrito y es accesible a los no juristas, ofreciendo nuevas perspectivas y un intrigante camino a seguir para la reforma de la justicia penal. El profesor Oliver establece una conexión novedosa entre las decisiones históricas y los retos judiciales actuales, sugiriendo reformas significativas.
Desventajas:Aunque el libro ofrece nuevas perspectivas, algunos lectores pueden encontrar el tema difícil, especialmente si no están familiarizados con la jerga jurídica o el contexto histórico. Además, el hecho de basarse en precedentes históricos puede dar lugar a debates sobre la aplicabilidad de estas ideas a los problemas actuales.
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The Prohibition Era and Policing: A Legacy of Misregulation
Los precedentes legales creados durante la Prohibición han perdurado, dejando la ley de registros y confiscaciones mucho mejor definida que los límites del uso de la fuerza por parte de la policía, las prácticas de interrogatorio o los protocolos de identificación de testigos oculares. Así pues, un registro ilegal del maletero está más protegido que un tiroteo innecesario o una condena injusta.
Los registros intrusivos en busca de alcohol durante la Ley Seca destruyeron la fe de la clase media estadounidense en la policía e introdujeron una nueva base para controlar la conducta policial. En la década de 1920, los tribunales estatales empezaron a excluir pruebas perfectamente fiables obtenidas en un registro ilegal. Luego, cuando la Ley Seca llegaba a su fin, una comisión presidencial despertó a la opinión pública sobre la tortura en las salas de interrogatorio, lo que llevó a los tribunales a excluir las confesiones obtenidas bajo coacción, independientemente de si la técnica había producido una declaración fiable.
El esquema de la prohibición perduró mucho más allá de los locos años veinte. Las tensiones raciales y la brutalidad policial eran mayores preocupaciones en la década de 1960 que los registros ilegales, pero cuando el Tribunal Supremo impuso límites a la conducta de los agentes en 1961, sólo se regularon los registros. La legislación sobre interrogatorios de la década de 1960, remodelada fundamentalmente por la sentencia Miranda, garantizaba que los sospechosos que invocaran sus derechos no fueran sometidos a tácticas coercitivas, pero no hacía nada para garantizar confesiones fiables por parte de los interrogados. Reconociendo explícitamente que sus decisiones de exclusión de pruebas no habían sido bien recibidas, el Tribunal se negó en la década de 1970 a excluir identificaciones por el mero hecho de que se hubieran realizado en ruedas de reconocimiento sugestivas. Tal vez nos aguarde un proyecto más amplio: volver a centrar nuestras normas de procedimiento penal en aquellas preocupaciones de las que nos distrajo la Prohibición: la exactitud de las condenas y el uso de la fuerza por parte de la policía.
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Última modificación: 2024.11.14 07:32 (GMT)